Por el cual se ordena una reducción del impuesto establecido en el artículo 226 del Decreto-ley 444 de 1967
El Presidente de laRepública de Colombia en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 1º del Decreto-ley 569 de 1967,
DECRETA:
Artículo 1 º. A partir de la vigencia del presente Decreto, redúcese del doce por ciento (12%) al nu eve por ciento (9%) el impuesto ad-valorem sobre el producto en moneda extranjera de las exportaciones de café, establecido por el artículo 226 del Decreto-ley 441 de 1967.
Artículo 2 º.La reducción prevista en el artículo anterior, se hará efectiva sobre, la parte de dicho impuesto que deba acreditarse en la Cuenta Especial de Cambios en favor del Gobierno Nacional, al tenor de lo dispuesto en el artículo 226 del Decreto-ley 444 de 1967y normas concordantes.
Artículo 3 ºDerógase el Decreto 3272 de diciembre 9 de 1980 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 4 º. El presente Decreto rige apartir de la fecha de suexpedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de septiembre de 1982.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.