Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)
(Ministerio de Educación Nacional).
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
| Capítulo 72. | |
|---|---|
| Del artículo 1117. Para sueldos del personal de este Colegio (Pinillos, de Mompós) | 742.83 |
| Capítulo 73. | |
| Del artículo 1196. Para sueldos del personal de esta Normal (de Varones, de Tunja) | 1.200.00 |
| Del artículo 1202. Para sueldos del personal de esta Normal (Rural de Señoritas, de Sincelejo) | 828.00 |
| Capítulo 77. | |
| Del artículo 1338. Para compra de terrenos, construcción, excavaciones y demás gastos en general del Parque Arqueológico, del antiguo centro indígena El Sol, en Sogamoso | 5.000.00 |
| Capítulo 78. | |
| Del artículo 1347. Para sostenimiento de la Imprenta de la Biblioteca Nacional | 2.000.00 |
| Capítulo 80. | |
| Del artículo 1361. Para sostener dos becas en el Exterior, para estudiantes chocoanos (Ley 14 de 1935, artículo 3º) | 10.000.00 |
| Suman los contracréditos | 19.770.83 |
| Capítulo 69. | |
| Al artículo 1046. Para conservación de vehículos al servicio del Ministerio, repuestos, gasolina, grasas, aceites, garajes y demás gastos de este servicio | 1.160.00 |
| Al artículo 1047. Para muebles de oficina, gastos de conservación y reparación de equipo de oficina y mobiliario, servicio telefónico, compra de útiles de escritorio y demás gastos generales del Ministerio | 3.000.00 |
| Capítulo 72. | |
| Al artículo 1118. Para alimentación de alumnos y empleados internos, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, deportes, drogas y demás gastos de este Colegio (Pinillos, de Mompós) | 742.83 |
| Al artículo 1125. Para sueldos del personal de este Liceo (Celedón, de Santa Marta) | 3.000.00 |
| Al artículo 1154. Para alimentación de alumnos y empleados internos, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, arrendamientos, drogas, deportes, excursiones y demás gastos de este Colegio (de Bachillerato, de El Banco, Magdalena) | 840.00 |
| Capítulo 73. | |
| Al artículo 1197. Para alimentación de alumnos y empleados internos, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, deportes, drogas, excursiones y demás gastos de esta Normal (de Varones, de Tunja) | 1.200.00 |
| Al artículo 1203. Para alimentación de alumnas y empleadas internas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, deportes, arrendamientos, excursiones, adquisición de un bus, y demás gastos de esta Normal (Rural de Señoritas, de Sincelejo) | 828.00 |
| Capítulo 77. | |
| Al artículo 1336. Para conservación excavaciones, reconstrucción de los monumentos arqueológicos en los parques de San Agustín (Huila) e Inzá (Tierradentro) y lugares adyacentes; pago de jornales y demás gastos de este servicio, destinando $ 15.000 con la misma finalidad para el Cercado de los Zipas, de Facatativá | 4.000.00 |
| Capítulo 80. | |
| Al artículo 1360. Para el sostenimiento de becas en el Exterior, en todos los ramos de la enseñanza, inclusive viáticos, especialmente para los becados de la Sociedad Bolivariana de Washington o New York | 5.000.00 |
| Suman los créditos | 19.770.83 |
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1947.
MARIANO ORPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de la Economía Nacional,
Moisés PRIETO
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