Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Higiene)
(Ministerio de Higiene).
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 26 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Higiene, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE HIGIENE
| Capítulo 48. | |
|---|---|
| Del artículo 665. Para el funcionamiento del Puesto de Socorro de Mompós (Bolívar), contrato firmado entre el Ministro de Trabajo y el Personero Municipal de dicho Municipio | 16.000.00 |
| Capítulo 45. | |
| Al artículo 494. Para Centros de Higiene y campañas sanitarias de toda clase, según contratos con los Departamentos, Intendencias, Comisarias y Municipios y con otras entidades, y para sostenimiento de organismos sanitarios de la misma clase en forma directa en los casos en que sea necesario, y para dotación de drogas y demás elementos para los organismos sanitarios | 16.000.00 |
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1947.
MARIANO ORPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Higiene,
Pedro Eliseo CRUZ
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