por el cual se aprueba el Acuerdo número 015 del 26 de noviembre de 1997 de la Junta Liquidadora del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, "por el cual se modifica la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación"
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 015 del 26 de noviembre de 1997, emanado de la Junta Liquidadora del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, cuyo texto es el siguiente:
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL JUNTA LIQUIDADORA
Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación
«ACUERDO NUMERO 015 DE 1997
(noviembre 26)
por el cual se modifica la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación.
La Junta Liquidadora del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, en uso de las atribuciones legales, estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo 009 de 1997 la Junta Liquidadora del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación aprobó la modificación de la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio número 12119 de fecha 18 de noviembre de 1997 suscrito por el Director General del Presupuesto Nacional, emitió el concepto favorable de viabilidad presupuestal, previo el cumplimiento de las modificaciones por ellos indicadas;
Que las modificaciones señaladas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público son de carácter sustancial señalando parámetros diferentes a los que se utilizaron en el Acuerdo número 009 del 19 de septiembre de 1997, lo cual hace necesario someter a consideración de la Junta Liquidadora la aprobación de la modificación de la Planta Global de Personal, acogiendo el concepto de ese despacho;
Que mediante acuerdos del 6 de mayo y el 25 de junio de 1997, firmados entre el Viceministerio de Defensa, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, Hospital Militar Central y la Asociación de Servidores Públicos del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, "Asemil", se convino que la nivelación del año 1997 se haría aplicando los topes máximos del Decreto 194 de 1997 y el Decreto 031 de 1997, nivelación que se hará efectiva a partir del 1º de noviembre de 1997;
Que el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, para esta nivelación tomó como parámetros los establecidos en los Decretos 439 del 8 de marzo de 1995 y 194 de 1997, que establecen el régimen salarial especial y el programa gradual de nivelación de salarios para los empleos de la salud del orden territorial en un período de cuatro años, comprendido entre las vigencias de 1995 a 1998 y aplicó las equivalencias salariales establecidas en el Decreto 031 del 10 de enero de 1997, que fija las escalas de asignación básica de los empleos de la Rama Ejecutiva del orden nacional;
Que en la actualidad el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria para atender los gastos que ocasione la modificación de la planta,
ACUERDA:
Artículo 1°. Suprimir los siguientes cargos de la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación, adoptada por los Acuerdos número 12 del 29 de junio de 1995, aprobado mediante Decreto número 0181 del 24 de enero de 1996 y Acuerdo número 0014B del 25 de julio de 1996, aprobado mediante Decreto 2176 del 29 de noviembre de 1996, así:
| No. de cargos suprimidos | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 126 | Profesional Especializado | 3010 | 17 |
| 46 | Profesional Especializado | 3010 | 16 |
| 166 | Profesional Especializado | 3010 | 14 |
| 7 | Profesional Especializado MT | 3010 | 14 |
| 11 | Profesional Universitario | 3020 | 11 |
| 3 | Profesional Universitario | 3020 | 10 |
| 51 | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
| 4 | Profesional Universitario | 3020 | 07 |
| 12 | Técnico Operativo | 4080 | 13 |
| 529 | Técnico Operativo | 4080 | 09 |
| 342 | Técnico Operativo | 4080 | 07 |
| 3 | Analista de sistemas | 4005 | 15 |
| 5 | Técnico administrativo | 4065 | 11 |
| 2 | Operador equipo de sistemas | 4100 | 08 |
| 9 | Auxiliar de técnico | 4110 | 06 |
| 1 | Auxiliar de técnico | 4110 | 05 |
| 20 | Secretario ejecutivo | 5040 | 18 |
| 2 | Secretario ejecutivo | 5040 | 16 |
| 1 | Almacenista | 5080 | 16 |
| 18 | Auxiliar administrativo | 5120 | 14 |
| 6 | Supervisor | 5105 | 12 |
| 354 | Supervisor | 5105 | 10 |
| 1 | Ayudante de oficina | 5155 | 08 |
| 13 | Ayudante de oficina | 5155 | 07 |
| 1.732 |
Artículo 2º. Suprimir doscientos sesenta y uno (261) cargos de trabajadores oficiales al servicio del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación así: ocho (8) trabajador oficial grado 12 y doscientos cincuenta y tres (253) trabajador oficial grado 11.
Artículo 3º. Crear los siguientes cargos en la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación,
| No. de cargos Creados | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 180 | Profesional Especializado | 3010 | 22 |
| 12 | Profesional Especializado MT | 3010 | 22 |
| 5 | Profesional Especializado | 3010 | 19 |
| 5 | Profesional Especializado MT | 3010 | 19 |
| 3 | Profesional Especializado | 3010 | 18 |
| 2 | Profesional Especializado MT | 3010 | 18 |
| 159 | Profesional Especializado | 3010 | 15 |
| 8 | Profesional Universitario | 3020 | 13 |
| 42 | Profesional Universitario | 3020 | 12 |
| 1 | Profesional Universitario MT | 3020 | 12 |
| 1 | Técnico Operativo | 4080 | 18 |
| 39 | Técnico Operativo | 4080 | 15 |
| 3 | Técnico Operativo | 4080 | 14 |
| 796 | Técnico Operativo | 4080 | 11 |
| 24 | Técnico Operativo | 4080 | 10 |
| 45 | Técnico Operativo | 4080 | 08 |
| 2 | Técnico Administrativo | 4065 | 15 |
| 4 | Técnico Administrativo | 4065 | 13 |
| 3 | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
| 14 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 23 |
| 8 | Almacenista | 5080 | 20 |
| 1 | Almacenista | 5080 | 18 |
| 17 | Secretario | 5140 | 14 |
| 136 | Secretario | 5140 | 13 |
| 17 | Secretario | 5140 | 10 |
| 2 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 18 |
| 2 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 16 |
| 34 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 13 |
| 115 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 12 |
| 6 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 10 |
| 12 | Supervisor | 5105 | 23 |
| 35 | Conductor Mecánico | 5310 | 13 |
| 1.733 |
Artículo 4º. Fijar en ciento noventa y siete (197) el número de trabajadores oficiales grado 12 al servicio del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación.
Artículo 5º. El Director General del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares en Liquidación mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global de Personal de que trata el artículo 3º del presente acuerdo.
Artículo 6º. La incorporación del personal se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a partir de la vigencia del decreto que apruebe el presente acuerdo.
Artículo 7º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, para su validez requiere de la aprobación por parte del Gobierno Nacional y modifica los Acuerdos números 12 del 29 de junio de 1995 y Acuerdo número 0014B del 25 de julio de 1996 y deroga el Acuerdo número 009 del 19 de septiembre de 1997.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 26 los días del mes de noviembre de 1997.
El Viceministro de Defensa Nacional y Presidente Junta Liquidadora I.S.F.M.,
(Fdo.)Federico Molina Soto.
El Secretario Junta Liquidadora I.S.F.M.,
(Fdo.) Coronel (r) Gabriel Bernal López.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 26 de noviembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio José Urdinola Uribe.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gilberto Echeverri Mejía.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.
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