Por el cual se traslada una partida

Rango Decreto
Publicación 1933-02-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Trasládase artículo 249, capítulo 55, del Presupuesto de la presente vigencia, la suma de quinientos ochenta y ocho pesos ($ 588), tomándola de la apropiación del artículo 199, capítulo 49, del mismo Presupuesto.

Parágrafo. Comuníquese al señor Contralor General de la República, para lo de su cargo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Julio CARRIZOSA VALENZUELA

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