Por el cual se fijan las asignaciones básicas mensuales para los empleos de la Contraloría General de la República en el exterior
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley57 de 1982,
DECRETA:
Artículo 1º Fíjanse las siguientes asignaciones básicas mensuales en dólares estadinenses para los empleos de la Contraloría General de la República en el exterior, así:
| Denominación | Sueldo |
|---|---|
| Auditor I | 2.090 |
| AuditorII | 3.030 |
| AuditorIII | 3.790 |
| Mecanotaquígrafo I | 990 |
| MecanotaquígrafoII | 1.180 |
| Revisor de Documentos I | 2.050 |
| Revisor de DocumentosII | 2.370 |
| Revisor de DocumentosIII | 2.540 |
| Secretario Bilingüe | 1.670 |
| Técnico en Auditoría I | 2.370 |
| Técnico en AuditoríaII | 2.960 |
| Técnico en AuditoríaIII | 3.290 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga, las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1983.
Comuníquesey cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de febrero de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladén.
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