por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003
El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del articulo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 780 de 2002, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003 el cual se liquidó por medio del Decreto 3200 de 2002;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través de la Fiscalía General de la Nación, recibió del Gobierno de los Estados Unidos de América, la suma de US$300.000 "En desarrollo del proyecto referenciado dentro del Programa de Reforma al Sector Justicia, Plan Colombia";
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;
Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2003,
DECRETA:
Articulo 1º. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, en la suma de ochocientos sesenta y cuatro millones doscientos noventa y siete mil pesos ($864.297.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
| 1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL | 864.297.000 |
|---|---|
| 2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION | 864.297.000 |
Articulo 2º.Presupuesto de Gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2003, en la suma de ochocientos sesenta y cuatro millones doscientos noventa y siete mil pesos ($864.297.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
| Cta. Prog. | Subc Subp. | Concepto | Aporte Nacional | Recursos Propios | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| SECCION 2901 FISCALIA GENERAL DE LA NACION | SECCION 2901 FISCALIA GENERAL DE LA NACION | SECCION 2901 FISCALIA GENERAL DE LA NACION | SECCION 2901 FISCALIA GENERAL DE LA NACION | SECCION 2901 FISCALIA GENERAL DE LA NACION | SECCION 2901 FISCALIA GENERAL DE LA NACION |
| A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | 864.297.000 | 864.297.000 | |
| TOTAL PRESUPUESTO SECCION | TOTAL PRESUPUESTO SECCION | TOTAL PRESUPUESTO SECCION | 864.297.000 | 864.297.000 |
Articulo 3º. EI presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de octubre de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
EI Ministro de Hacienda y Crédito Público
Alberto Carrasquilla Barrera.
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