Por el cual se hace una aclaración al presupuesto de Gastos del Fondo vial nacional para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979

Rango Decreto
Publicación 1979-12-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que al producirse el decreto de incorporación del Decreto número 1757 de julio 19 de 1979, se incurrió en un error de transcripción;

Que para la correcta ejecución del Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1979, se hace necesario corregir los errores oportunamente y de acuerdo con el considerando anterior,

decreta:

Artículo 1° Hácese la siguiente aclaración a leyenda del Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1979:

PROGRAMA 03

Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.

Artículo 03. Construcción de otras carreteras.

Proyecto 96. El Chicha- Palmira- Buenos Aires- San Onofre- Sucre.

La leyenda correcta es:

Proyecto, 96. El Chicho- Palmira-Buenos Aires- San Onofre- Sucre.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de noviembre de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Enrique Vargas Ramírez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.