por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias
Artículo 113.Funciones de la Gerencia de Administración de Cartera y Cobro de Garantías. Son funciones de la Gerencia Nacional de Administración de Cartera y Cobro de Garantías:
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- Generar e implementar estrategias de prevención para el deterioro de la cartera y de recuperación para la cartera vencida, teniendo en cuenta la segmentación de clientes, con el fin de mantener el indicador de calidad de cartera acorde con el sistema financiero.
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- Diseñar e implementar Programas Especiales de recuperación cuando se requieran.
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- Identificar razones de no pago de los clientes y generar estrategias diferenciales acordes.
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- Velar por el cobro oportuno y la recuperación de las garantías, minimizando las pérdidas asociadas.
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- Gestionar los indicadores de exposición de la cartera del Banco.
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- Realizar adecuado seguimiento y control a los entes externos de cobranzas, estableciendo indicadores de gestión y resultado para cada uno de ellos.
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- Realizar los Comités de Castigo y presentar a la Vicepresidencia de Crédito y Cartera la solicitud de los mismos para que esta los analice y presente a la Junta Directiva.
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- Realizar los estudios necesarios para operaciones de venta de cartera.
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- Administrar en forma eficiente los entes externos que generen información de impacto en el proceso de crédito, garantizando la oportunidad y calidad de los productos que estos generen.
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- Propender por la cobertura de los controles de inversión de acuerdo con la reglamentación vigente.
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- Establecer acuerdos de servicio con las áreas que intervienen en los procesos definidos.
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- Almacenar la información generada por los entes externos en bases de datos consolidadas de manera que cumplan con todos los requisitos de seguridad de información establecidos por el Banco.
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- Implementar un sistema de indicadores de gestión y resultados para los entes externos, cuyo análisis servirá para la toma de medidas administrativas.
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- Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.
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- Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.
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- Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.
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- Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.
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- Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 114.Gerencia de Unidad Técnica. La Gerencia de Unidad Técnica es la dependencia encargada de administrar eficientemente la gestión realizada por los controladores de inversión, avaluadores y abogados tarifarios y generar información que permita la toma de decisiones a las Gerencias de Fábrica de Crédito y Administración de Cartera y cobro de garantías.
Artículo 115.Funciones de la Gerencia de Unidad Técnica. Son funciones de la Gerencia de Unidad Técnica:
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- Administrar en forma eficiente los entes externos que generan información de impacto en el proceso de crédito garantizando la oportunidad y calidad de los productos que estos generan.
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- Diseñar e implementar los indicadores de proceso para cada tipo de entes externos.
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- Seleccionar los controladores de inversión, abogados tarifarios, peritos, avaluadores, entre otros, a través de un proceso que considere comités interdisciplinarios con información suministrada por parte de los Coordinadores Operativos de Crédito.
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- Realizar procesos de seguimiento y control a los entes externos tanto en los tiempos como en los procesos, calidad y oportunidad.
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- Realizar seguimiento periódico al correcto uso de la información generada por el área.
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- Implementar procesos que permitan realizar el seguimiento y control a las actividades realizadas por los externos con el fin de garantizar cumplimiento a los tiempos establecidos, calidad de la información y oportunidad de la misma.
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- Definir mecanismos eficientes de generación de alertas tempranas con base a la información generada por el área.
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- Establecer acuerdos de servicio con las áreas que intervienen en el proceso, haciendo seguimiento a los mismos.
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- Definir y proponer procedimientos que garanticen la estandarización de los informes que presentan los terceros como soporte de las actividades realizadas.
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- Almacenar la información suministrada por los profesionales externos en bases de datos que cumplan con las políticas de seguridad informática establecidos por el Banco.
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- Cumplir con la cobertura exigida de los controles de inversión de acuerdo con la reglamentación vigente.
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- Contar con un sistema de información que permita administrar eficientemente todos los recursos asignados al área.
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- Dar y recibir retroalimentación a las áreas del Banco usuarias de su información.
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- Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.
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- Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.
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- Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.
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- Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.
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- Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 116.Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial - SIG, Gestión Balance Score Card -BSC y Calidad. La Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial - SIG, Gestión Balance Score Card – BSC, y Calidad de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera es la dependencia encargada de unificar la información de la Vicepresidencia de Crédito de manera que se identifique el desempeño de cada una de las áreas y hacer seguimiento a los indicadores de gestión de la Vicepresidencia.
Artículo 117.Funciones de la Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial - SIG, Gestión Balance Score Card – BSC, y Calidad. Son funciones de la Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial - SIG, Gestión Balance Score Card – BSC, y Calidad de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera:
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- Administrar los indicadores estratégicos y de proceso de cada una de las Gerencias de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera.
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- Ejercer control de gasto y ejecución al presupuesto asignado a la Vicepresidencia.
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- Administrar el proceso de Gestión de Calidad.
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- Ser fuente oficial de información de Crédito y Cartera del Banco.
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- Generar informes gerenciales que permitan la toma de decisiones para las Gerencias de la Vicepresidencia.
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- Propender por la calidad, oportunidad y utilidad de los informes que faciliten la toma de decisiones.
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- Administrar el Sistema de Información Gerencial de Crédito y Cartera.
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- Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.
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- Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.
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- Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.
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- Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.
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- Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 118.Organos de Asesoría y Coordinación. Compete a los órganos de Asesoría y Coordinación, las siguientes responsabilidades:
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- Comité de Presidencia: Planear, coordinar, evaluar y controlar la administración interna del Banco en orden al cumplimiento efectivo de su objeto social.
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- Comité de Archivo: Asesorar a los Organos de Dirección y Administración del Banco, en la definición de políticas, programas de trabajo y toma de decisiones relacionadas con la administración y manejo técnico de los archivos de la Entidad.
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- Comité de Gestión de Activos y Pasivos: Apoyar a la Junta Directiva y a la Presidencia del Banco, en la definición, seguimiento y control de las políticas generales de la gestión de activos y pasivos y la determinación de los límites para asumir riesgos.
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- Comité de Evaluación y Control de los Riesgos Físicos: Asesorar a la Presidencia del Banco en el establecimiento de políticas para el manejo y control de los siniestros presentados en la Entidad, tanto en sus bienes como en sus instalaciones y en la evaluación y seguimiento sobre la aplicación de recomendaciones de las firmas auditoras y reaseguradoras relacionadas con aspectos críticos del Banco.
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- Comités para la Evaluación de Cartera: Evaluar la cartera del Banco, en forma periódica, por intermedio del Comité Nacional de Cartera y del Comité Regional de Cartera, con el fin de determinar su calificación de conformidad con las normas vigentes.
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- Comité de Conciliación y Defensa Judicial: Actuar como sede previa de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño y defensa de los intereses del Banco así como de la aprobación de las Conciliaciones que debe firmar la Entidad y determinación de procedencia de las acciones de repetición.
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- Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno: Recomendar a la Presidencia del Banco pautas para la determinación, implantación, adaptación y mejoramiento del Sistema de Control Interno; evaluar el cumplimiento de metas de acuerdo con las políticas, planes y programas trazados y recomendar los correctivos requeridos.
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- Comité de Auditoría de la Junta Directiva: Apoyar a la Junta Directiva en la toma de decisiones atinentes al control interno y servir de enlace de comunicación entre la Junta Directiva, la Administración y los Organismos Internos de Control, con el propósito de realizar el análisis, la evaluación y el seguimiento a los procedimientos de control utilizados por el Banco.
Parágrafo. Corresponde a la Junta Directiva del Banco Agrario de Colombia S.A. crear los Comités y Comisiones que exijan las disposiciones legales y los demás que considere necesarios para el buen funcionamiento de la Entidad, señalando su conformación y funciones.
Artículo 119.Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2679 de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Andrés Darío Fernández Acosta.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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