Por el cual se da una autorización al Consejo Directivo de la Universidad Nacional, en desarrollo de un ordinal de la Ley 68 de 1935
En uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;
Que es conveniente dotar a la Dirección General de Aduanas, de los vehículos y elementos necesarios para la tecnificación de los servicios de persecución del contrabando y
Que para el efecto la Federación Nacional de Cafeteros ha ofrecido prestar una suma en dólares para adquirir elementos para la persecución del contrabando
DECRETA
Artículo primero. Autorízase al Gobierno Nacional para expedir a favor de la Federación Nacional de Cafeteros, un pagaré por valor de cien mil dólares (US $ 100.000.00), con vencimiento a (2) años, contados a partir de su fecha de emisión por la Tesorería General de la República, que garantice el préstamo por igual valor, cuyo producto se destinará a financiar la adquisición en los Estados Unidos de vehículos y demás elementos necesarios para la eficaz persecución del contrabando en el país.
Artículo segundo. Durante el plazo este pagaré devengará intereses a la rata del tres por ciento (3%) anual, pagaderos en dólares y por anualidades vencidas, los cuales se liquidarán a partir de la fecha en que el titulo sea descontado por la Federación Nacional de Cafeteros
Artículo tercero. Para la validez legal de la operación de crédito, prevista en este Decreto sólo se requerirá que el titulo sea expedido por el Ministerio de Hacienda y crédito público, refrendado por la Contraloría General de la república y emitido, mediante acta, por la tesorería General de la República
Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de noviembre de 1956.
General Jefe Supremo
GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
José Enrique Arboleda Valencia.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
José Manuel Rivas Sacconi.
El Ministro de Justicia,
Luis Carlos Giraldo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
El Ministro de Guerra,
Mayor General Gabriel París.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Eduardo Berrío González.
El Ministro del Trabajo,
Carlos Arturo Torres Poveda.
El Ministro de Salud Pública,
Carlos Márquez Villegas.
El Ministro de Fomento,
Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Francisco Puyana Menéndez.
El Ministro de Educación Nacional,
Josefina Valencia de Hubach.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General Gustavo Berrio M.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.
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