por el cual se delegan unas funciones de la Superintendencia de Valores

Rango Decreto
Publicación 1991-12-23
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de la prevista por el artículo 211 de la Constitución Política, y de conformidad con lo previsto por el artículo 3º del Decreto 2739 de 1991,

DECRETA:

Artículo 1º Delegación en el superintendente delegado para emisores y promoción del mercado. Delegase en el Superintendente Delegado para Emisores y Promoción del Mercado de la Superintendencia de Valores las siguientes funciones:
Artículo 2º Delegación en el superintendente delegado para intermediarios de valores y demás entidades vigiladas. Delegase en el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y demás entidades vigiladas por la Superintendencia de Valores, las siguientes funciones:
Artículo 3º. Funciones del superintendente de valores. De conformidad con el artículo 25 del Decreto 2739 de 1991 el Superintendente de Valores ejercerá las funciones a que hacen referencia los o ordinales 1º a 14, 16, 19, 21 a 28, 36, 37, 39 y 40 del artículo 3º del Decreto 2739 de 1991.

Las funciones que por el presente Decreto se delegan en los Superintendentes Delegados de la Superintendencia de Valores podrán ser ejercidas en cualquier tiempo por el Superintendente de Valores, evento en el cual el correspondiente Superintendente Delegado no podrá ejercer la respectiva función.

Igualmente, lo dispuesto en los artículos anteriores se entiende sin perjuicio de la Facultad conferida al Superintendente de Valores por el ordinal d) del artículo 5º del Decreto 2739 de 1991.

Artículo 4º Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hector Jose Cadena Clavijo.

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