Por el cual se causan algunas novedades en el personal del Instituto Geográfico Militar y Catastral
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en desarrollo del artículo 10 del Decreto legislativo número 2974 de 1944,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímense en la Sección de Aerofotogrametría y Dibujo del Instituto Geográfico Militar y. Catastral, los siguientes cargos previstos por el artículo 7° del Decreto número 133 de 1945:
Un Ingeniero-Ayudante (Oficial 5°).
Un Heliocopista (Auxiliar 1°).
Artículo 2° Créase en el Grupo de Restitución Fotogramétrica de la misma Sección, un cargo de Ingeniero-Ayudante (Oficial 4°), y para desempeñarlo nombrase al doctor Jorge Noel Rodríguez García.
Artículo 3° Los cargos de Ingeniero-Astrónomo Jefe de Cálculos de la Sección de Geodesia, Ingeniero Jefe de Grupo, Jefe de Trabajos y Fotógrafo 1° de la Sección de Aerofotogrametría del Instituto Geográfico Militar y Catastral, creados por el Decreto 133 citado, tendrán en su orden las categorías que se expresan a continuación: Oficial 1°, Oficial 1° Ayudante 4° y Ayudante 2°.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de noviembre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
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