Por el cual se modifica el Decreto 1486 de 1961

Rango Decreto
Publicación 1961-11-24
Estado Derogada
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos 0550 y 1678 de 1960, y

considerando:

Que el Decreto 890 de 1960, por medio del cual se reorganizaron las dependencias de la Presidencia de la República, estableció como integrante de la Sección de Administración de la Secretaría General, un "Grupo de Mecanografía", con su respectiva planta y asignaciones;

Que el Decreto 1486 de 1961 "por medio del cual se establece en forma parcial la planta de la Presidencia de la República, y se adopta la Nomenclatura y Escala de Sueldos del Decreto 1678 de 1960, y disposiciones complementarias", estableció el mismo grado ocupacional para el Jefe de Grupo y las otras Mecanotaquígrafas;

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil ha conceptuado favorablemente en el sentido de modificar el Decreto 1486 de 1961, y reclasificar el cargo de Mecanotaquígrafa III, (Jefe), grado 7;

Que los aspectos de clasificación y remuneración son de exclusiva competencia del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

decreta:

Artículo único. Reclasifícase el cargo de Mecanotaquígrafa (Jefe) III, grado 6, por el de Jefe de Grupo IIC, grado 7.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de noviembre de 1961.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Aurelio Camacho Rueda,

El Secretario General, Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado,

Nemesio Camacho Rodríguez,

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Francisco Tafur Morales.

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