Por el cual se adiciona la Nomenclatura para los cargos del servicio Civil, establecida por el Decreto 1678 de 1960

Rango Decreto
Publicación 1961-11-24
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el parágrafo del artículo 49 del Decreto-ley número 1678 de 1960,

DECRETA:

Artículo primero. Adóptanse las siguientes series y clases adicionales a la Nomenclatura establecida por el Decreto 1678 de 1960:
Serie de clases clase de cargos grados ocupacionales
Asistente social Asistente Social III 9
Asistente social Asistente Social IV 10 10
Cadenero Cadenero II 3
Comandante de Vigilancia Comandante de Vigilancia 10
Director de Laboratorio I 10
Director de Laboratorio Director de Laboratorio II 11
Director de Laboratorio III 12
Técnico en Dactiloscopia I 8
Técnico en Dactiloscopia Técnico en Dactiloscopia II 9
Técnico en Dactiloscopia III 10
Toxicólogo I 10
Toxicólogo Toxicólogo II 11
Toxicólogo III 12
Visitador Administrativo Visitador Administrativo IV 9
Visitador de Notariado y Registro Visitador de Notariado y Registro II 9
Visitador de Notariado y Registro Visitador de Notariado y Registro II 9
Visitador de Justicia II 10
Visitador de Justicia Visitador de Justicia III 11
Visitador de Justicia IV 12
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de noviembre de 1961.

ALBERTO LLERAS

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Francisco Tafur Morales.

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