Que pone en vijencia el nuevo itinerario de la línea principal del correo del Atlántico i de las líneas trasversales

Rango Decreto
Publicación 1876-07-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4.° del contrato celebrado el 27 de junio último para la conducion del correo nacional de la línea del Atlántico, se cambiaron las fechas de la salida del correo de Barranquilla i de Caracoli, respectivamente, lo cual ha hecho necesario reformar el itinerario de dicha línea principal i de las lineas trasversales,

DECRETA:

Artículo 1.° Apruébase el nuevo itinerario que ha formado la Dirección jeneral de Correos para la línea principal del correo del Atlántico i para las líneas trasversales.
Artículo 2.° El itinerario de la línea principal del correo de correspondencia empezará a rejir en Bogotá i en Barranquilla el 29 de agosto venidero,
Artículo 3.° El itinerario de las líneas trasversales empezará a rejir en las siguientes fechas: para Medellin, el 25 de agosto ; para Vélez, el 28 de agosto; para la línea de Bucaramanga al Puerto de Santander, el 27 de agosto; para la línea de Bucaramanga a Puerto Parédes, el 25 de agosto; para Cúcuta, el 28 de agosto; para Lorica, el 29 de agosto ; para el Carmen, el 28 de agosto, i para Cartajena, el 1.° o el 2 de agosto.
Artículo 4.° El itinerario del correo de encomiendas empezará a rejir en Bogotá el 17 de setiembre i en Barranquilla el 9 de octubre. Para Medellin empezará a rejir este itinerario el 13 de setiembre.
Artículo 5.° Los correos partirán de los puntos mencionados en la fecha indicada respectivamente para, cada uno de ellos, i hasta esa fecha rejirán los itinerarios que están hoi en vijencia.
Artículo 6.° Publíquese el nuevo itinerario al pie de esto decreto en el Diario Oficial.

Dado en Bogotá, a 8 de julio de 1876.

AQUILEO PARRA.

El Secretario de Guerra i Marina,

Rafael Niño

Digitó: CC1.018.436.540

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