Por el cual se concede una autorización
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo único. Autorízase al Administrador principal de las Salinas de Quesada para hacer, sin necesidad de contrato y hasta por la suma de cien pesos ($ 100) oro, los gastos de provisión de elementos para servicio de las Salinas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 6 de Marzo de 1906.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
félix SALAZAR J.
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