por el cual se crea un empleo en la planta de personal del Ministerio de Comercio Exterior

Rango Decreto
Publicación 1991-12-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y en especial la que le confiere el numeral 14 del artículo 189, de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 17 de la ley 7ª de 1991, creó el Ministerio de Comercio Exterior como organismo encargado de dirigir, coordinar, ejecutar y vigilar la política de comercio exterior.

Que mediante Decreto 2350 del 17 de octubre de 1991 se definió la estructura orgánica del Ministerio de Comercio Exterior.

Que el artículo 47 del Decreto 2350 prevé el montaje gradual del Ministerio y establece que éste comenzará a funcionar a partir de la vigencia de su planta de personal.

Que para efectos de continuar la implantación y montaje de la nueva entidad se hace necesario crear el empleo de Viceministro del Ministerio de Comercio Exterior,

DECRETA:

Artículo 1º Para la atención de las funciones señaladas en el artículo 11 del Decreto 2350 de 1991, créase en la planta de personal del Ministerio de Comercio Exterior, el siguiente cargo:

1 (uno) Viceministro, Código 0020.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodriguez.

El Ministro de Comercio Exterior,

Juan Manuel Santos Calderón.

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.