Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se aumentan unas asignaciones en el Ministerio de Salud Pública

Rango Decreto
Publicación 1953-11-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario número 1600 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Suprímese el cargo de Técnico en Administración de la Sección Primera, Hospitales del Departamento Tercero - Asistencia Pública y Previsión Social -, del Ministerio de Salud Pública.
Artículo segundo. El cargo de Superintendente de Instituciones de Utilidad Común de la Sección Segunda del Departamento Tercero - Asistencia Pública y Previsión Social - del Ministerio de Salud Pública, tendrá una asignación de seiscientos cincuenta pesos ($ 650.00) mensuales.
Artículo tercero. Créase en la misma Sección de que trata el artículo anterior, el cargo de Abogado del Departamento Tercero - Asistencia Pública y Previsión Social -, quien tendrá las funciones de Jefe de Personal y Correspondencia del Ministerio, con un sueldo de seiscientos cincuenta pesos ($ 650.00) mensuales.
Artículo cuarto. Los cargos de Portero Escribiente y Chofer del Gabinete del Ministro, quedarán con una asignación mensual de doscientos treinta pesos ($ 230.00) y trescientos pesos ($ 300.00) respectivamente, y el Chofer de la Secretaría General con un sueldo mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250.00).
Artículo quinto. Suprímese el cargo de Mecanotaquígrafa de la Sección Cuarta - Oficina de Compras - del Departamento Quinto, Administrativo, y créase en la misma Sección el cargo de Oficial de Kárdex, quien a la vez desempeñará las funciones de Secretaria de la Junta de Compras, con una asignación mensual de trescientos veinte pesos ($ 320.00).
Artículo sexto. Este Decreto empezara a regir a partir del primero de septiembre del corriente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de octubre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía

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