por el cual se crean varios cargos y se suprime uno. (Ramo de Carretera Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1949-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 7° y 15 de la Ley 88 de 1931,

DECRETA:

Artículo primero. Créase el cargo de Inspector de Trabajos de las carreteras de occidente en la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, con una asignación mensual de doscientos noventa pesos ($ 290).
Artículo segundo. Créase el cargo de Ayudante de Almacén, de la Zona de Carreteras Nacionales de Villavicencio, con una asignación mensual de doscientos ochenta pesos ($ 280).
Artículo tercero. Créase la comisión de estudios y proyectos de la carretera Rosas-La Sierra-San Sebastián, con el siguiente personal: un Ingeniero Jefe, con setecientos pisos ($ 700) mensuales, y un Ingeniero Ayudante con seiscientos pesos ($ 600) mensuales.
Artículo cuarto. Fijase en doscientos sesenta pesos ($ 260) mensuales el sueldo del Farmacéutico de la Zona de Carreteras Nacionales de Ocaña.
Artículo quinto. Suprímese el cargo de Subalmacenista de la carretera Purificación-Colombia, dependiente de la Zona de Carreteras, Nacionales de Ibagué.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de septiembre de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO -El Ministro de Obras Públicas, Victor ARCHILA BRICEÑO.

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