Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Sociedad de Amigos del Arte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que por iniciativa particular y de la Dirección Nacional de Bellas Artes, se fundó en la capital de la República la Sociedad de Amigos del Arte, con filiales en los Departamentos;
Que de acuerdo con las Leyes 48 de 1918 y 12 de 1934, el Gobierno Nacional debe estimular estos centros de estudios,
DECRETA:
Artículo único. El Ministerio de Educación Nacional prestará a la Sociedad de Amigos del Arte de Bogotá y filiales de los Departamentos, el apoyo oficial necesario para la propaganda o difusión cultural y dentro de las atribuciones legales contribuirá a su mayor desarrollo y ensanche.
Publíquese y comuníquese.
Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional.
Darío ECHANDIA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.