por el cual se modifica el Decreto número 381 del 16 de febrero de 2012 y el Decreto número 1617 del 30 de julio de 2013

Rango Decreto
Publicación 2013-12-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°. Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Modificar los numerales 11, 12 y 13 del artículo 8° del Decreto número 381 de 2012, los cuales quedarán así:
Artículo 2°. Funciones de la Secretaría General. Modificar el numeral 5 del artículo 17 del Decreto número 381 de 2012, así:
Artículo 3°. Funciones de la Oficina Asesora Jurídica: Modificar el numeral 2 del artículo 2° del Decreto número 1617 de 2013, el cual quedará así:
Artículo 4°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 381 de 2012 y al Decreto número 1617 de 2013.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Minas y Energía,

Amilcar David Acosta Medina.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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