Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Decreto
Publicación 1956-12-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

decreta:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.

CAPITULO 065

Servicio Consular.

001. Del artículo 0668. Para sueldos del personal consular, en el año 10.000.00
Suma el contracrédito $ 10.000.00

CAPITULO 061

Secretaría General.

001, Al artículo 0614. Para sueldos del personal de la Secretaría General y sus dependencias, así Despacho del Secretario, Subsecretaría de Asuntos Diplomáticos, Departamento Diplomático, Departamento de Organismos Internacionales, Departamento Jurídico, Subsecretaría de Asuntos Económicos, Departamento Consular, Departamento de Inmigración, Departamento de Correspondencia y Archivo y Departamento de Personal, y gastos de representación del mismo, en los términos de la ley, en el año $ 10.000.00
Suma d crédito $ 10.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 28 de noviembre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

José Manuel Rivas Sacconl.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

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