Por el cual se concede una autorización para gestionar un empréstito externo hasta por la suma de US $ 40.000.000 o su equivalente en otras monedas

Rango Decreto
Publicación 1989-12-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 225 de Decreto número 222 de 1983, el Consejo Nacional de Política Económica y Social-Conpes- conceptuó favorablemente sobre la contratación de un crédito externo que por cuarenta millones de dólares (US$ 40.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, proyecta gestionar el Gobierno Nacional con la Banca Multilateral para financiar parcialmente el "Programa para la Promoción de la Investigación Científica y Tecnológica", según consta en Oficio Conpes-117 del 27 de octubre de 1989, y Documento DNP-2449 UDS de octubre 24 de 1989;

Que por Decreto número 3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al Viceceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular,

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de cuarenta millones de dólares (US$ 40.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, en las siguientes condiciones financieras:

Artículo 2º Los fondos provenientes de este empréstito los destinará el Gobierno Nacional para financiar parcialmente el "Programa para la Promoción la Investigación Científica y Tecnológica".

Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 12 de diciembre de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ad hoc,

Luis Fernando Ramírez Acuña.

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