Por el cual se crea la Capitanía del Aeropuerto de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1945-12-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 45 de la Ley 79 de 1931, y

CONSIDERANDO

que debido a la próxima inauguración de las líneas de los servicios aéreos internacionales entre la ciudad de Bogotá y las distintas ciudades de países extranjeros, se hace necesaria la creación de la Capitanía del Aeropuerto de Bogotá, de conformidad con los artículos 10 y 40 del Código de Aduanas,

DECRETA:

Artículo primero. Créase la Capitanía del Aeropuerto de Bogotá, dependiente de la Administración de la Aduana Interior de la misma ciudad, con los siguientes cargos y asignaciones:
Un Capitán de 1a $ 200.00
Un Secretario de 1a 120.00
Artículo segundo. Créanse en la Sección 7a de la Administración de la Aduana Interior de esta ciudad, dos (2) cargos de Chequeadores de 1a con una asignación mensual de $ 120 cada uno.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de noviembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de Paula PEREZ

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