Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 14 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno según en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Capítulo 6°
| Del artículo 29. Para sueldos del personal de la Procuraduría General de la Nación y sus dependencias, en el año | $ | 1.775.49 |
|---|---|---|
Capítulo 7°
| Del artículo 49-A. Para dotación de muebles y equipo a la Corte Suprema de Justica | 3.000.00 |
|---|---|
Capítulo 15.
| Del artículo 107. Para sueldos del personal de las Colonias Penales y Agrícolas, en el año | 2.571.08 |
|---|---|
Capítulo 16.
| Del artículo 134. Para compra de maquinaria, equipo y elementos, necesarios para la Imprenta y Litografía Nacionales, en el año | $ | 2.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 9.346.57 |
Capítulo 1°
| Al artículo 4°-A. Para la compra de amplificadores, micrófonos, parlantes, y demás elementos necesarios y otros gastos para esta clase de instalaciones en el Congreso Nacional | 3.000.00 | 3.000.00 |
|---|---|---|
| Al artículo 7°B. Para pagar el valor de los viáticos y transportes de las comisiones del Senado de la República y de la Cámara de Representantes que deben concurrir al Congreso de Tisiología que se reunirá el día 15 de enero de 1945 en la ciudad de La Habana | 6.346.57 | 6.346.57 |
| Suman los créditos | $ | 9.346.57 |
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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