por el cual se modifica la planta personal de la Unidad Administrativa Especial - Dirección Nacional de Estupefacientes
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del artículo 1° de la Ley 1444 de 2011, se escindieron del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones asignados al Despacho del Viceministro de Justicia y del Derecho y a las dependencias a su cargo.
Que el artículo 4° de la ley mencionada creó el Ministerio de Justicia y del Derecho, el cual tiene además de las funciones definidas en la Constitución Política y en el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y en las demás leyes, la de formular, adoptar, promover y coordinar las políticas y estrategias de lucha contra las drogas ilícitas.
Que en el literal d) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011 se confirieron facultades extraordinarias al Presidente de la República para reasignar funciones y competencias orgánicas entre las entidades y organismos de la Administración Pública Nacional y entre estas y otras entidades y organismos del Estado; razón por la cual las funciones señaladas en los artículos 6°, 7° y 8° del Decreto 2568 de 2003 fueron reasignadas al Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95, 96, y 97 del Decreto 1227 de 2005, obteniendo el respectivo concepto favorable, así mismo cuenta con el concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Dirección Nacional de Estupefacientes establecida mediante Decreto 2569 de 2003, los siguientes cargos:
| N° cargos | Dependencia y denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 3 (tres) | SUBDIRECTOR GENERAL DE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL | 0040 | 22 |
| 1 (uno) | ASESOR | 1020 | 09 |
| 8 (ocho) | PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 2028 | 18 |
| 12 (doce) | PROFESIONALESPECIALIZADO | 2028 | 15 |
| 7 (siete) | PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 2044 | 10 |
| 7 (siete) | PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 2044 | 03 |
| 1 (uno) | TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 3124 | 17 |
| 8(ocho) | TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 3124 | 15 |
| 1 (uno) | TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 3124 | 13 |
| 1 (uno) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 4044 | 12 |
| 1 (uno | SECRETARIO EJECUTIVO | 4210 | 22 |
| 2 (dos) | SECRETARIO EJECUTIVO | 4210 | 18 |
Artículo 2°. Los empleados públicos que vienen desempeñando los empleos a que se refiere el artículo anterior serán incorporados en cargos equivalentes de la planta de personal que se establezca para el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Artículo 3°. Los empleados públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes, continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal que se adopte para el Ministerio de Justicia y del Derecho y tomen posesión del cargo.
Artículo 4°. Los empleados públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes, cuyos empleos se suprimen en el presente decreto, gozarán de la protección especial de que trata el Capítulo II de la Ley 790 de 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1444 de 2011.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2569 de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de agosto de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior y de Justicia,
Germán Vargas Lleras.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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