Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Minas y Petróleos)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 14 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Minas y Petróleos, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los. siguientes., traslados, en el Presupuesto vigente:
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de diciembre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
El Ministro de Minas y Petróleos,
Néstor PINEDA
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