Por el cual se suprime un cargo y se cambia la denominación de otro en el Ministerio de Obras Públicas. (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Suprímese, a partir de la fecha del presente Decreto, el cargo de Contador dependiente de la Contabilidad y Estadística de la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal.
Artículo segundo. A partir de la fecha del presente Decreto, las funciones de Contador de la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal, serán desempeñadas por el Cajero Pagador de la misma, cuyo cargo se denominará en adelante Cajero Pagador Contador y tendrá una asignación mensual de quinientos cincuenta pesos ($ 550.00).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de noviembre de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces
El Ministro de Obras Públicas,
Santiago Trujillo Gómez
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