Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961. (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil), por $ 125.495.00

Rango Decreto
Publicación 1961-12-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 28 de 1961, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del paragrafo del articulo 7° de la Ley 28 de 1961, se autorizo al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones necesarias en el presupuesto de gastos de funcionamiento de cada Ministerio o Departamento Administrativo, sin variar la asignacion global correspondiente a cada entidad, con el unico requisito de la expedicion del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la Republica;

Que para amparar las traslaciones de que se trata, la Contraloria General de la Republica expidio el Certificado de Reserva y Disponibilidad numero 76-A de 1961, por la suma de $ 125.495.00,

DECRETA:

Articulo 1° Hacense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad numero 76-A del mismo año, expedido por la Contraloria General de la Republica:

AQUI PDF DIARIO OFICIAL NÚMERO 29022 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 6.

Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá. D. E. a 18 de noviembre de 1961.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público.

Aurelio Camacho Rueda.

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