Por el cual se convoca una Asamblea Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Art. 1.° Anéxanse en Chocontá, San Lorenzo (Tolima), Supía y Toro (Cauca), desde el 1.° de Febrero del año en curso, las Administraciones de Correos á las Oficinas telegráficas de los mismos lugares.
Art. 2.° Las Oficinas dichas tendrán para gastos de útiles de escritorio las mismas sumas mensuales que hoy tienen asignadas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 11 de Enero de 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
bonifacio VÉLEZ
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