Por el cual se establece el puesto de Agente general de inmigración en Europa y se nombra la persona que debe desempeñarlo
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,
En vista de lo que dispone la Ley 117 de 1892 (29 de Diciembre), " por la cual se promueve la inmigración de trabajadores extranjeros," y de acuerdo con lo que ordena el Decreto número 335 de 1898 (4 de Enero), "sobre inmigración,"
DECRETA:
Artículo 1°. Establecese el puesto de Agente general de inmigración del Gobierno de Colombia en Europa.
Artículo 2°. Para los efectos fiscales asimílase ese puesto al da Ministro diplomático de primera clase.
Artículo 3°. Nómbrase para desempeñar el puesto de Agente general de inmigración en Europa, al Sr. General D. Leonardo Canal.
Artículo 4°. La agencia Nacional de inmigración establecida en las Islas Canarias, según el artículo 6° del Decreto número 335 de 1893, se suprimirá el día 30 de Junio de 1894.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 22 de Marzo de 1894
- M. A. CARO.
El Ministro de Fomento
JOSE MANUEL GOENAGA G.
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