Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1936-03-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida aprobada en el artículo 315, capítulo 52, del Presupuesto de la actual vigencia, destinase la suma de setecientos veinte pesos ($ 720), para atender durante tres meses al pago de cuatro profesores para el Curso de Información de maestros ambulantes, a razón de dos pesos con cincuenta centavos ($ 2-50), por clase.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

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