Por el cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por valor de $ 18.467.400.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades que le confiere el artículo 109 del Decreto extraordinario 294 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional está facultado por el artículo 99 del Decreto extraordinario 294 de 1973 para abrir en receso del Congreso, créditos suplementales o extraordinarios al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;
Que por medio del Decreto número 2067 de julio 19 de 1983 se autorizó al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público para gestionar a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de doscientos cincuenta millones de dólares (US $ 250.000.000);
Que por medio de la Resolución número 09153 de diciembre 7 de 1983, el señor Contralor General de la República, refrendó el contrato de préstamo celebrado entre la Nación y un grupo de bancos extranjeros, actuando como agente el Chemical Bank, por, valor total de doscientos diez millones de dólares (US $ 210.000.000) de los Estados Unidos de América.
Que con la apertura de los créditos adicionales de que trata este Decreto, no se excede el 25% del total de la Ley de Apropiaciones, señalado en el artículo 100 del Decreto extraordinario 294 de 1973;
Que para amparar la apertura de los créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101, numeral 2 del Decreto extraordinario 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 01 de enero de 1984, por valor de $ 18.467.400.000;
Que el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente sobre la adición presupuestal al Presupuesto de Gastos de Inversión;
Que el honorable Consejo de Ministros ha autorizado la apertura de los créditos adicionales y el Consejo de Estado, emitido concepto previo y favorable sobre los mismos;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para, la tramitación de esta operación presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1984 en la cantidad de dieciocho mil cuatrocientos sesenta y siete millones cuatrocientos mil pesos ($ 18.467.400.000) que con base en el Certificado de Disponibilidad número 01 de enero de 1984, se incorpora así:
| PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL | PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL |
|---|---|
| Recursos de capital. | Recursos de capital. |
| Capítulo XIII. | Capítulo XIII. |
| Recursos del crédito. | Recursos del crédito. |
| b) Recursos del crédito externo | b) Recursos del crédito externo |
| Numeral 124. Equivalente en pesos del producto del préstamo, celebrado el 2 de diciembre de 1983, entre el Gobierno Nacional y un grupo de bancos, actuando como agente el Chemical. Bank (Certificado de Disponibilidad número 01, de enero de 1984, por valor de | $ 18.467.400.000 |
| Suman los recursos | $ 18.467.400.000 |
Artículo 2º, Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984, así:
| PRESUPUESTO DE INVERSION | PRESUPUESTO DE INVERSION |
|---|---|
| Ministerio de Hacienda y Crédito Público. | Ministerio de Hacienda y Crédito Público. |
| Recurso: Crédito externo - Chemical. Bank. | Recurso: Crédito externo - Chemical. Bank. |
| Capitulo 05. | Capitulo 05. |
| Dirección General de Crédito Público. | Dirección General de Crédito Público. |
| Programa 2103. | Programa 2103. |
| Servicios públicos urbanos. | Servicios públicos urbanos. |
| Inversión indirecta. | Inversión indirecta. |
| Artículo 5681. Préstamos varios, Decreto 505 de 1974. | Artículo 5681. Préstamos varios, Decreto 505 de 1974. |
| 41-361. Proyecto 2. Para entregar a ISA en calidad de préstamo, destinados a los proyectos San Carlos I y II, Chivor II y desviaciones de los ríos Rucio, Negro y Tunjita, al embalse de la Central Hidroeléctrica de Chivor | $ 5.979,920.000 |
| 41-361. Proyecto 3. Para entregar a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá en calidad de préstamo, destinados al Proyecto Chingaza | 1.758,800.000 |
| 41-361. Proyecto 4. Para entregar a las Empresas Públicas de Medellín, en calidad de préstamo, destinados a los proyectos Río Grande, Playas y Guadalupe | 1.706.036.000 |
| Programa 3504. | Programa 3504. |
| Producción y fomento minero. | Producción y fomento minero. |
| Inversión indirecta. | Inversión indirecta. |
| Artículo 5681A. Préstamos varios, Decreto 505 de 1974. | Artículo 5681A. Préstamos varios, Decreto 505 de 1974. |
| 42-295. Proyecto 1. Para entregar a Carbocol, en calidad de préstamo, destinados a financiar parcialmente las necesidades de inversión del Proyecto Cerrejón, Zona Norte | 6.155,800.000 |
| 42-262. Proyecto 2. Para entregar al IFI en calidad de préstamo, destinados al Proyecto de explotación de níquel en Cerromatoso | 2.866.844.000 |
| Total créditos adicionales, Ministerio de Hacienda y Crédito Público | $ 18.467.400.000 |
| Total crédito | $ 18.467.400.000 |
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de febrero de 1984.
BELISARIO BFTANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
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