por el cual se aprueba el Acuerdo número 076 de 1994, expedido por el Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional

Rango Decreto
Publicación 1994-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia,

DECRETA:

ARTICULO 1º Apruébase el Acuerdo número 076 de 1994, expedido por el Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 076 DE 1994

(diciembre 21)

por el cual se fija la Estructura Interna de la Universidad Pedagógica Nacional.

El Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 29, 57 y 64 de la Ley 30 de 1992,

ACUERDA:

CAPITULO I

DE LA ESTRUCTURA

Artículo 1º. La estructura interna de la Universidad Pedagógica Nacional será la siguiente:

3.1 Oficina de Desarrollo y Planeación.

3.2 Oficina Jurídica.

3.3 Oficina de Control Interno.

3.4 Oficina de Relaciones Interinstitucionales.

3.5 Vicerrectoría Académica.

3.5.1 Facultad de Educación.

3.5.1.1 Departamentos.

3.5.2 Facultad de Humanidades.

3.5.2.1 Departamentos.

3.5.3 Facultad de Bellas Artes.

3.5.3.1 Departamentos.

3.5.4 Facultad de Educación Física.

3.5.4.1 Departamentos.

3.5.5 Facultad de Ciencia y Tecnología.

3.5.5.1 Departamentos.

3.5.6 División de biblioteca, documentación y recursos bibliográficos.

3.5.7 División de Admisión y Registro.

3.5.8 División de Recursos Educativos.

3.5.9 Instituto Pedagógico Nacional.

3.6 Vicerrectoría de Gestión Universitaria.

3.6.1 División de Gestión de Proyectos.

3.6.2 División de Gestión de Sistemas de Información.

3.6.3 División de Asesorías y Extensión.

3.6.4 División de Bienestar Universitario.

3.7 Vicerrectoría Administrativa y Financiera.

3.7.1 División de Personal.

3.7.2 División de Servicios Generales.

3.7.3 División Financiera.

4.1 Comisión de Personal.

4.2 Comité de Coordinación de Control Interno.

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

Artículo 2°. El Consejo Superior Universitario de la Universidad Pedagógica Nacional, como máximo órgano de dirección y gobierno según el Estatuto General ejerce las siguientes funciones:

ñ) Aprobar las políticas de desarrollo de la Universidad a iniciativa del Rector;

Artículo 3°. El Consejo Académico de la Universidad Pedagógica Nacional, como máxima autoridad académica de la institución y en concordancia con las políticas definidas por el Consejo Superior Universitario, ejerce las siguientes funciones:

Artículo 4° De la Rectoría. Como primera autoridad directiva de la Universidad, cumple las siguientes funciones:

Artículo 5° De la oficina de Desarrollo y Planeación. Es una unidad de apoyo de carácter asesor de la Rectoría, especialmente en el campo de la planeación institucional y en la formulación del presupuesto de las diferentes unidades de la Universidad. Igualmente es el centro de la Universidad en donde confluyen y se integran los informes sobre proyectos, programas y presupuestos para su debida sistematización, análisis y divulgación. Son funciones de la Oficina de Desarrollo y Planeación las siguientes:

Artículo 6°. De la Oficina Jurídica. Es una unidad de apoyo de carácter asesor de la Rectoría, especialmente en lo referente al cumplimiento de los aspectos constitucionales, legales y reglamentarios de las actuaciones administrativas de las diferentes unidades de la estructura orgánica de la Universidad. Son funciones de la Oficina Jurídica las siguientes:

Artículo 7°. De la Oficina de Control Interno. Es una unidad de apoyo de carácter asesor de la Rectoría, en especial sobre el control de gestión y de resultados de las acciones de las diferentes unidades de la Universidad en relación con las políticas, los planes, los programas y los proyectos de desarrollo de la Universidad Pedagógica Nacional. Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes:

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