por el cual se aprueba el Acuerdo número 04 del 21 de noviembre de 1997 que suprime los cargos de la planta de personal de Corpoanónimas en liquidación

Rango Decreto
Publicación 1997-12-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978 y en concordancia con lo establecido por el Decreto-ley 1695 de junio 27 de 1997,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 04 del 21 de noviembre de 1997, expedido por la Junta Liquidadora de la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, Corporanónimas en liquidación, mediante el cual se suprimen los cargos de la planta de personal de Corporanónimas, cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 04 DE 1997

(noviembre 21)

por el cual se suprimen los cargos de la planta de personal de Corporanónimas en liquidación, establecida mediante Acuerdo 011 de abril 22 de 1993, aprobado por Decreto 2622 de 1993.

La Junta Liquidadora de la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1º **.** Suprimir de la planta de personal de Corporanónimas en liquidación, establecida mediante Acuerdo número 011 del 22 de abril de 1993, aprobada por Decreto 2622 de 1993, a partir del 2 de diciembre de 1997, los siguientes cargos:

Cargos a suprimir Denominación del cargo Código Grado
Despacho
1 Asesor 1020 01
1 Conductor Mecánico 5310 09
Planta Global
1 Médico Especialista 6 horas 3120 16
2 Odontólogo Especialista (MT) 3085 16
4 Médico General (MT) 3085 14
2 Odontólogo 6 horas 3085 14
4 Odontólogo (MT) 3085 14
1 Profesional Universitario 3020 08
3 Profesional Universitario 3020 04
1 Técnico Administrativo 4065 09
1 Técnico Administrativo 4065 08
1 Operador de Sistemas 4100 07
1 Auxiliar de Técnico 4110 06
1 Auxiliar de Técnico (MT) 4110 06
2 Auxiliar de Técnico 4110 05
1 Secretario 5140 13
3 Secretario 5140 11
4 Auxiliar Administrativo 5120 11
2 Secretario 5140 10
2 Auxiliar Administrativo 5120 08
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
3 Auxiliar de Servicios Generales 5335 05

Articulo 2º. Suprimir de la Planta de Personal de Corporanónimas en liquidación, establecida mediante Acuerdo número 011 del 22 de abril de 1993, aprobada por Decreto 2622 de 1993, a partir del 16 de diciembre de 1997, los siguientes cargos:

Cargos a suprimir Denominación del cargo Código Grado
Planta global
1 Técnico Administrativo 4065 11
2 Técnico Administrativo 4065 09
1 Técnico Administrativo 4065 08
1 Auxiliar de Técnico 4110 05
2 Secretario 5140 13
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Secretario 5140 11

Artículo 3º. Suprimir de la Planta de Personal de Corporanónimas en liquidación, establecida mediante Acuerdo número 011 del 22 de abril de 1993, aprobada por Decreto 2622 de 1993, a partir del 1º de enero de 1998, los siguientes cargos:

Cargos a suprimir Denominación del cargo Código Grado
Despacho
1 Directos General de Establecimiento Público 0015 15
1 Secretario Ejecutivo 5040 16
Planta Global
1 Secretario General de Entidad
Descentralizada 0037 06
3 Jefe de División 2040 12
2 Jefe de Oficina 2045 06
1 Profesional Universitario 3020 10
1 Profesional Universitario 3020 08
2 Profesional Universitario 3020 05
5 Profesional Universitario 3020 04
1 Técnico Administrativo 4065 11
1 Programador de Sistemas 4060 09
1 Operador de Sistemas 4100 07
1 Secretario 5140 13
2 Secretario 5140 10
1 Auxiliar Administrativo 5120 08
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
2 Auxiliar de Servicios Generales 5335 05

Artículo 4º **.** Los empleados públicos de carrera a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto-ley 1695 de junio 27 de 1997 y en el presente acuerdo, tendrán derecho a la opción de ser indemnizados o al derecho preferencial a ser revinculados en otros cargos de carrera, conforme a lo consagrado en la Ley 27 de 1992, los Decretos 1223 de 1993, 2311 y 2316 de 1997 y las normas que los sustituyan o modifiquen.

Artículo 5º. Hasta el 31 de diciembre de 1997 las indemnizaciones a que tengan derecho los empleados públicos de carrera, de conformidad con la Ley 27 de 1992, el Decreto 1223 de 1993, el Decreto-ley de 1695 de 1997 y demás disposiciones legales vigentes, serán reconocidas por Corporanónimas en liquidación, con posterioridad a esa fecha corresponde su reconocimiento y pago a la Superintendencia de Sociedades, para lo cual se harán los traslados presupuestales correspondientes.

Artículo 6º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto respectivo y deroga el Acuerdo 011 del 22 de abril de 1993 y demás normas que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a veintiún (21) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete (1997).

El Presidente de la Junta,

(Fdo.) Carlos Julio Gaitán González.

El Secretario de la Junta,

(Fdo.) Gustavo Gómez Mateus.»

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2622 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de diciembre de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargo de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Fernández Delgado.

El Viceministro de Industria y Comercio, encargado de las funciones del Ministro de Desarrollo Económico,

José David Lamk Valencia.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

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