Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Departamento de Contraloría)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 2 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Departamento de Contraloría, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA
CAPITULO 111.
| Del artículo 2501. Para sueldos del personal de la Dirección y demás oficinas de Estadística Nacional | 9.000.00 |
|---|---|
| CAPITULO 111. | |
| Al artículo 2504. Para publicaciones del Censo Industrial | 9.000.00 |
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de septiembre de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
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