por el cual se aprueba el Acuerdo número 00101 de diciembre 15 de 1994

Rango Decreto
Publicación 1994-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5º del artículo 59 del Decreto 2171 de 1992,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Aprobar el Acuerdo número 00101 de diciembre 15 de 1994, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vias, I.N.V., y cuyo texto es el siguiente:

INSTITUTO NACIONAL DE VIAS

ACUERDO NUMERO 00101 DE 1994

(diciembre 15)

por el cual se suprimen algunos cargos de la planta de personal de los Distritos de Obras Públicas de la Subdirección Transitoria del Instituto Nacional de Vías.

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vías, I.N.V., en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5°del artículo 59 del Decreto 2171 de 1992 y en concordancia con lo establecido en el artículo 4°del Decreto 2093 de 1993 y el numeral 12.5 del artículo 12 del Decreto 2663 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1º. Con fundamento en el programa de supresión de cargos establecido por el Decreto número 2093 de 1993 para la planta de personal de los Distritos de Obras Públicas durante el año de 1994, el Instituto Nacional de Vías, suprimirá los cargos allí previstos con sujeción a las disposiciones laborales transitorias señaladas en el Título IX del Decreto 2171 de 1992.

Artículo 2º. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal de los Distritos de Obras Públicas de la Subdirección Transitoria del Instituto Nacional de Vías, I.N.V., aprobada mediante Decreto 2664 del 29 de diciembre de 1993, como a continuación se establece:

CARGOS A SUPRIMIR

diciembre 31 de 1994

N°de cargos Denominación del cargo Código Grado
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 1 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 1 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 1 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 1
MEDELLIN MEDELLIN MEDELLIN MEDELLIN
C. DIVISION ADMINISTRATIVA C. DIVISION ADMINISTRATIVA C. DIVISION ADMINISTRATIVA C. DIVISION ADMINISTRATIVA
C1. SECCION COMERCIAL Y FINANCIERA C1. SECCION COMERCIAL Y FINANCIERA C1. SECCION COMERCIAL Y FINANCIERA C1. SECCION COMERCIAL Y FINANCIERA
1 Profesional Universitario 3020 5
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 6 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 6 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 6 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 6
POPAYAN POPAYAN POPAYAN POPAYAN
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 7 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 7 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 7 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 7
MONTERIA MONTERIA MONTERIA MONTERIA
1 Técnico Administrativo 4065 9
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 8 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 8 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 8 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 8
BOGOTA BOGOTA BOGOTA BOGOTA
2 Técnico Administrativo 4065 7
1 Coordinador 5005 20
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Auxiliar Administrativo 5120 9
C. DIVISION ADMINISTRATIVA C. DIVISION ADMINISTRATIVA C. DIVISION ADMINISTRATIVA C. DIVISION ADMINISTRATIVA
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
1 Albañil
1 Cadenero
1 Campamentenero celador
1 Capataz
1 Chofer
1 Mecánico diesel
1 Mecánico de gasolina
1 Obrero
1 Soldador
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 9 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 9 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 9 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 9
QUIBDO QUIBDO QUIBDO QUIBDO
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 11 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 11 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 11 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 11
NEIVA NEIVA NEIVA NEIVA
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
3 Chofer
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 12 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 12 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 12 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 12
VALLEDUPAR VALLEDUPAR VALLEDUPAR VALLEDUPAR
1 Auxiliar Administrativo 5120 9
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 15 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 15 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 15 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 15
BUCARAMANGA BUCARAMANGA BUCARAMANGA BUCARAMANGA
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
1 Ayudante de equipo
3 Chofer
1 Mecánico industrial tornero
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 16 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 16 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 16 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 16
CUCUTA CUCUTA CUCUTA CUCUTA
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
1 Obrero
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 17 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 17 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 17 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 17
IBAGUE IBAGUE IBAGUE IBAGUE
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
1 Obrero
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 19 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 19 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 19 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 19
FLORENCIA FLORENCIA FLORENCIA FLORENCIA
1 Profesional Especializado 3010 9
1 Enfermero Auxiliar 6045 9
TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES TRABAJADORES OFICIALES
1 Aseadora
1 Chofer
1 Mecánico Industrial Tornero
DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 25 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 25 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 25 DISTRITO DE OBRAS PUBLICAS NUMERO 25
YOPAL YOPAL YOPAL YOPAL
1 Auxiliar Administrativo 5120 9
37 Total cargos a suprimir en los Distritos

Artículo 3o. Con fundamento en el parágrafo del artículo 62 de la Ley 105 de 1993, suprímense los cargos que se relacionan a continuación, de la planta de personal de la Subdirección Transitoria con derecho a indemnización según lo establecido en el Título IX del Decreto 2171 de 1992.

CARGOS A SUPRIMIR

diciembre 31 de 1994

N°de cargos Denominación del cargo Código Grado
SUBDIRECCION TRANSITORIA SUBDIRECCION TRANSITORIA SUBDIRECCION TRANSITORIA SUBDIRECCION TRANSITORIA
1 Profesional Especializado 3010 20
1 Auxiliar Administrativo 5120 13
2 Total cargos a suprimir

Artículo 4º. Para efectos del reconocimiento de una pensión, legal o convencional a los titulares de los cargos suprimidos por este Acuerdo se tendrán en cuenta las disposiciones laborales transitorias del Título IX del Decreto 2171 de 1992.

Parágrafo. Cuando a un servidor público se le haya reubicado, ascendido o trasladado de un Distrito de Obras Públicas a otro y el cargo del cual es titular figure suprimido en este Acuerdo, el reconocimiento y pago de la pensión convencional se efectuará por intermedio del Instituto Nacional de Vías.

Artículo 5º. Los servidores públicos de los Distritos de Obras Públicas que desempeñen cargos de manejo y confianza para efectos de su retiro del servicio por supresión del cargo, deberán rendir, conforme a las normas y procedimientos establecidos por la Contraloría General de la República, las correspondientes cuentas fiscales, inventarios y efectuar la entrega de los bienes a su cargo a los respectivos funcionarios del Instituto Nacional de Vías, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad fiscal a que haya lugar.

Artículo 6º. De conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Decreto 2171 de 1992, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la Resolución número 2938 del 16 de agosto de 1994 por la cual transfirió al Instituto Nacional de Vías, la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda corriente, para la cumplida ejecución del presente Acuerdo.

Artículo 7º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre de 1994.

(Fdo.) El Presidente de la Junta.

(Fdo.) El Secretario,»

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias, D.T., a 31 de diciembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Transporte,

Juan Gómez Martínez.

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