por el cual se establece el auxilio de transporte

Rango Decreto
Publicación 2001-12-31
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 15 de 1959 y la Ley 4 de 1992,

DECRETA:

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir del primero (1º) de enero del año de dos mil dos (2002) y deroga el Decreto 2580 de 2000.

Comuníquese publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., 31 de diciembre de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

La Viceministra Técnica de Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Catalina Crane de Durán.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Angelino Garzón.

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