por el cual se modifica el presupuesto de ingresos y gastos de algunas sociedades de economía mixta sujetas al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la del literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley 38 de 1989, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 26 de octubre de 1990, rindió concepto favorable a la aprobación mediante decreto a las modificaciones de los presupuestos de Electrificadora del Huila S. A. y Centrales Eléctricas de Nariño S. A.
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 18 del Decreto 3077 de 1989, el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable sobre las adiciones de los presupuestos de inversión mediante los oficios UIP-24-043-90 y UIP-22-052-90.
Que analizada la información con la cual se fundamenta la petición y efectuado el estudio económico se debe proceder a la aprobación de las modificaciones.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado en la Ley 38 de 1989 y el Decreto 3077 de 1989.
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos y gastos de las siguientes entidades en la cuantía y rubros correspondientes:
| 0029 | ELECTRIFICADORA DEL HUILA S. A. | |
|---|---|---|
| 002901 | Ingresos corrientes | $ 130.000.000 |
| 002902 | Ingresos de capital | $ 191.500.000 |
| Total ingresos | Total ingresos | $ 321.500.000 |
| 002906 | Gastos de inversión | $ 321.500.000 |
| Total gastos | Total gastos | $ 321.500.000 |
| 0034 | CENTRALES ELECTRICAS DE NARIÑO S. A. | CENTRALES ELECTRICAS DE NARIÑO S. A. |
| 003401 | Ingresos corrientes | $ 65.400.000 |
| Total ingresos | Total ingresos | $ 65.400.000 |
| 003406 | Gastos de inversión | $ 65.400.000 |
| Total gastos | Total gastos | $ 65.400.000 |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez. El Ministro de Minas y Energía, Luis Fernando Vergara Munárriz. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Armando Montenegro Trujillo.
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