Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y al de Gastos, para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Superintendencia Bancaria), por $ 1.274.231.26

Rango Decreto
Publicación 1963-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 21 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado.

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y al de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Superintendencia Bancaria), por $ 1.214.231.26.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 37 de 1963, por $ 1.274.231.26;

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1963, con la cantidad de un millón doscientos setenta y cuatro mil doscientos treinta y un pesos con veintiséis centavos ($ 1.274.231.26), moneda legal que con base en el Certificado de Disponibilidad número 37 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas e Ingresos

CAPITULO III-A

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 118. Superávit de la Superintendencia Bancaria correspondiente
al ejercicio del primer semestre de 1963 $ 1.274.2.31.26
Suman los recursos $ 1.274.2.31.26
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

B - Rama Técnica

CAPITULO 0412

Superintendencia Bancaria.

Programa I

Administración de la Superintendencia

Servicios personales.

101 - 113. Artículo 04149. Sueldos del personal de nómina 259.740.00
101 - 113. Artículo 04153. Prima de Navidad 50.000.00

Gastos generales

106 - 113. Artículo 04161. Arrendamientos 77.000.00

Programa II

Asistencia Social

Transferencias

202 - 333. Artículo 04164. Caja de Previsión Social Superbancaria $ 723.000.00
201 - 332. Artículo 04165. Pensiones 164.491.26
Suman los créditos $ 1.274.231.26
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 28 de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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