Por el cual se crea el Comité de Asuntos Económicos Internacionales y se hacen unos nombramientos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- 1º Que a la Novena Conferencia Internacional Americana que se reunirá en Bogotá en el mes de enero de 1948, corresponderá estudiar diversos problemas de orden económico;
- 2º Que el próximo 21 de noviembre se reunirá en La Habana la Conferencia Mundial sobre Comercio y Empleo, para estudiar los proyectos sobre Carta Mundial de Comercio y Empleo;
- 3º Que es necesario preparar con la debida anticipación, y por medio de un Comité de expertos en la materia, los planes que Colombia debe presentar a dichas Conferencias, y estudiar, en fin, la situación presente y futura de nuestros distintos sectores económicos, a fin de conocer las posibles repercusiones de los acuerdos que se presenten a dichas Conferencias, en relación con la economía nacional.
DECRETA:
Artículo 1º. Constitúyese un Comité encargado de estudiar los planes, programas y proyectos que Colombia deba presentar, en relación con los asuntos económicos a la Novena Conferencia Panamericana de Bogotá, y a la Conferencia de Comercio y Empleo de La Habana, Dicho Comité se denominará Comité de Asuntos Económicos Internacionales.
Artículo 2º. Para miembros del Comité de que trata el artículo anterior, nombrase a los siguientes señores:
Esteban Jaramillo, Carlos Lleras Restrepo, Alfonso Araújo, Luis Angel Arango, César García Alvarez, Alfredo García Cadena, José Gutiérrez Gómez y Enrique Ancízar.
Artículo 3º. Los miembros del Comité de Asuntos Económicos Internacionales tendrán derecho a la suma de treinta ($ 30) por cada sesión a que asistan.
Artículo 4º. Créanse los cargos de Secretario y Mecanotaquígrafa del Comité de Asuntos Económicos Internacionales, con una asignación mensual de quinientos pesos ($ 500), y doscientos cincuenta pesos ($ 250), respectivamente.
Artículo 5º. Para el cargo de Secretario del Comité de Asuntos Económicos Internacionales, nómbrase al señor Víctor Quintero, y para Mecanógrafa del mismo Comité, a la señora Clara Nieto de Castaño.
Artículo 6º. Los gastos que demande el sostenimiento del Comité de Asuntos Económicos Internacionales, tales como el sueldo de los empleados, etc., serán pagados por la Comisión Organizadora de la Novena Conferencia Panamericana.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de septiembre de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Roberto URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de la Economía Nacional,
Moisés PRIETO
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