por el cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades privadas que administren fondos públicos de orden nacional y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de la Empresas Industriales y Comerciales del Estado, para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1992
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales y en especial la que le confiere el literal d) del artículo 17 de- la Ley 38 de 1989 y, previo, concepto del Consejo Superior de Política Fiscal,
DECRETA:
Articulo 1° Las Empresas. Industriales y Comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta que funcionen con régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado, salvo que se exprese lo contrario, se denominarán empresas o entidades en el presente Decreto. Dichas empresas, se sujetarán al cumplimiento de las normas establecidas en el Estatuto Orgánico del Presupuesta y demás normas legales sobre la materia.
Artículo 2° Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las siguientes entidades, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, en la cuantía y detalle correspondiente:
Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol.
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