Por el cual se aprueba el Acuerdo número 14 de septiembre 18 del año en curso, expedido por la Junta Directiva de la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, dice:
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 14 expedido por la Junta Directiva de la Imprenta Nacional, que a la letra
"ACUERDO NUMERO 14 DE 1953
(SEPTIEMBRE 18)
por el cual se suprime un puesto y se aumentan unas asignaciones en la Imprenta Nacional.
La Junta Directiva de la Imprenta Nacional,
en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 4° y 5° del Decreto extraordinario 1106 de 29 de abril de 1952, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que dentro del actual personal de la Imprenta Nacional, los empleados más mal remunerados son los Linotipistas, si los sueldos actuales se comparan con los de otras empresas similares de esta ciudad y de otras capitales de la República;
- 2° Que por tal circunstancia la Empresa corre el peligro de verse abocada a la falta de Linotipistas hábiles, ya que éstos son solicitados con mucha frecuencia en otras empresas similares, y
- 3° Que el actual grupo de Linotipistas de la Imprenta Nacional está bastante seleccionado en todo sentido y, que solamente a base de buenas remuneraciones se logrará conseguir los nuevos empleados que se solicitan en el Acuerdo número 15,
ACUERDA:
Artículo 1° A partir del 11 de septiembre de 1953 queda suprimido el puesto de Secretario Abogado de la Imprenta Nacional.
Artículo 2° Auméntanse las siguientes asignaciones, a partir del 11 de septiembre de 1953:
| Cargo | Nombre. | Sueldo anterior. | Aumento propuesto. | Aumento propuesto. |
|---|---|---|---|---|
| Linotipista. | Abelardo Tobar Silva. | $ | 480.00 | 50.00 |
| " | Manuel G. Acosta M. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Carlos E. Echeverría. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Maximino Concha. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Julio Ramón Vargas. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Humberto Correal. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Pedro Fuentes. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Enrique Gil Moreno. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Jorge Forero Castañeda. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Alonso Villegas V. | 480.00 | 50.00 | |
| " | Octavio Herrera A. | 480.00 | 30.00 | |
| " | Fabio Gómez Giraldo. | 480.00 | 30.00 | |
| " | Francisco José Ortiz. | 380.00 | 30.00 | |
| " | Guillermo López. | 380.00 | 20.00 | |
| " | Guillermo Márquez. | 380.00 | 20.00 | |
| " | Luis Enrique Rojas D. | 300.00 | 100.00 | |
| " | Miguel A. Hernández C. | 300.00 | 100.00 | |
| Mecánico Linotipos | Alberto Mejía. | 550.00 | 30.00 | |
| Chofer Gerencia | Vicente Silva M. | 200.00 | 20.00 | |
| Oficial Mayor | Augusto Urbina R. | 300.00 | 20.00 | |
| Total | $ | 900.00 |
Artículo 3° Sométase este Acuerdo a la aprobación del Gobierno Nacional.
Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1953.
El Presidente,
Carlos Valderrama Ordóñez,
Secretario General del Ministerio de Gobierno.
El Secretario,
Augusto Urbina R.".
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de noviembre de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
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