Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Agricultura), por $ 150.000

Rango Decreto
Publicación 1963-12-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 21 d 1963, y

considerando:

Que el numeral 8° del artículo 1'° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la: República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Agricultura), por $ 150.000;

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 92 y 1° de los Decretos legislativos número 0164 de 1950, y 1599 de 1953, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 72 de 1963, por $ 150.000.

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963,
Presupuesto de inversión Presupuesto de inversión Presupuesto de inversión
Ministerio de Agricultura Ministerio de Agricultura Ministerio de Agricultura
Contracrédito Contracrédito Contracrédito
Inversión directa. Inversión directa. Inversión directa.
CAPITULO 2606 CAPITULO 2606 CAPITULO 2606
Fondo de Fomento Agropecuario Fondo de Fomento Agropecuario Fondo de Fomento Agropecuario
Programa II Programa II Programa II
Campaña de Fomento del Cacao Campaña de Fomento del Cacao Campaña de Fomento del Cacao
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
406 - 212. Artículo26094. Compra de equipo $ 150.000
Suma el Contracrédito $ 150.000
Presupuesto de inversión Presupuesto de inversión Presupuesto de inversión
Créditos Créditos Créditos
CAPITULO 2606 CAPITULO 2606 CAPITULO 2606
Fondo de Fomento Agropecuario Fondo de Fomento Agropecuario Fondo de Fomento Agropecuario
Programa II Programa II Programa II
Campaña de Fomento del Cacao Campaña de Fomento del Cacao Campaña de Fomento del Cacao
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
406 - 212. Artículo26095. Viáticos y gastos de viaje $ 75.000
406 - 212. Artículo26099. Impresos y publicaciones 35.000
406 - 212. Artículo26100. Arrendamientos 10.000
406 - 212. Artículo26101. Gastos varios e imprevistos 10.000
406 - 212. Artículo26102. Cursos de capacitación 20.000
Suman los créditos $ 150.000
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 28 de 1963.

guillermo leon valencia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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