por el cual se concede el Premio Nacional de la Calidad

Rango Decreto
Publicación 1984-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 1653 de 1975 se creó el Premio Nacional de la Calidad como estímulo a la acción del desarrollo tecnológico e industrial del país, mediante la aplicación de una filosofía de calidad en favor del consumidor colombiano.

Que el Decreto 1304 del 4 de mayo de 1983 estableció tres (3) categorías:

Categoría Gran Industria,

Categoría Mediana y Pequeña Industria, y

Categoría Personas naturales o Servicios.

Que dicho Premio se otorga a aquellas Sociedades Industriales, Comerciales y de Servicio, a las Entidades Públicas y a los ciudadanos que a juicio del Consejo Nacional de normas y Calidades sobresalgan de manera especial por la calidad de sus productos o servicios o por contribuir eficazmente a mejorar dicha calidad en el ámbito nacional.

Que el Consejo Nacional de Normas y Calidades en la reunión celebrada el día 2 de noviembre del año en curso, evaluó los informes de las empresas inscritas como aspirantes al Premio Nacional de la Calidad y propuso como candidatos a dicho Premio en la categoría Gran Industria a las Empresa Industrias metálicas unidas S. A. "IMUSA" de la ciudad de Medellín, Gillette de Colombia S. A., de la ciudad de Cali y Lloreda Grasas S. A., de la ciudad de Cali por reunir los requisitos para tal efecto según consta en el Acta número 182 de 1984 que corresponde a la reunión mencionada.

Que en dicha reunión también se acordó conceder Mención de Honor a las Empresas: Hojalata Laminados S. A. "Holasa" de la ciudad de Medellín, Compañía de Productos de Caucho "Grulla S. A." de Medellín; Proquinal S. A. de Bogotá; Productora Nacional de Llantas S. A., Productos Quaker S A., y Empresa Andina de Herramientas S. A. de la ciudad de Cali, por haber obtenido más de 90 puntos sobre 100.

Que en las Categorías, Mediana y Pequeña Industria, y Personas Naturales y Servicios, las empresas participantes no alcanzaron la calificación requerida,

DECRETA:

Artículo 1. Conceder el Premio Nacional de la Calidad en la Categoría Gran industria a las Empresas:

Industrias Metálicas Unidas S. A. "Imusa" de la ciudad de Medellín, Gillette de Colombia S. A., de la ciudad de Cali y Lloreda Grasas S. A., también de la ciudad de Cali.

Artículo 2. Conceder Mención de Honor a las Empresas: Hojalata Laminados S. A. "Holasa" de la ciudad, de Medellín, Compañía de Productos de "Caucho "Grulla S. A.", deMedellín, Proquinal S. A., de Bogotá; Productora Nacional de Llantas S. A, Productos Quaker S. A., Y Empresa Andina de Herramientas S. A. de la ciudad de Cali.
Artículo 3. Declarar desierto el Premio Nacional de la Calidad en las categoría Medianas y Pequeña Industria, y Personas Naturales y Servicios.
Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición,

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de noviembre de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Desarrollo Económico,

Iván Duque Escobar.

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