Por el cual se modifica el Decreto número 2307 del 4 de septiembre de 1953
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 120 y 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;
Que la gran mayoría de los estudiantes que se presentaron a los exámenes de admisión para las Facultades universitarias en el presente año, no alcanzó el puntaje mínimo requerido por el Decreto número 2307 del 4 de septiembre de 1953, para obtener matrícula;
Que en virtud de este resultado no se llenaron en varias Facultades de Universidades oficialmente reconocidas los cupos disponibles de admisión que se habían fijado;
Que es conveniente llenar estos cupos para aprovechar en toda su extensión los equipos docentes de los primeros años de las facultades universitarias,
DECRETA:
Artículo primero. Autorízase para el presente año a las Universidades oficialmente reconocidas del sector centro-oriental para que, por medio de los Consejos o entidades directivas de sus Facultades o escuelas, sin exceder los cupos establecidos y respetando los derechos de los aspirantes del año militar matriculados oportunamente, y de quienes estén autorizados para repetir, admitan a primer año de carrera a los estudiantes que obtuvieron un mínimo de cincuenta puntos inclusive, en los concursos de admisión.
Artículo segundo. Suspéndense los demás efectos del artículo sexto del Decreto número 2307 del 4 de septiembre de 1953, para el presente año, en el sector centro-oriental de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de febrero de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Eyerbe.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.