por el cual se delegan algunas funciones constitucionales
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5 º del Acto Legislativo numero 1 de 1977 y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la Republica estará ausente del país durante los días4, 5, 6,7 , y 8 de diciembre de 1984, con motivo de su viaje a las ciudades de México (México) y Guatemala (Guatemala), respectivamente, con elpropósito de atender una invitación oficial que le han formulado los Gobiernos de dichos países;
Que el Ministro de Relaciones Exteriores, en razón de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artí culo 1.Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este decreto, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Augusto Ramírez Ocampo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales5º,6 º y 7 º del artículo 118, numeral 2ºdel artículo 119 y numerales 2 º , 3 º , 6ºy 7 º del artículo 120 de la Constitución.
Artículo 2. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a. 29 de noviembre de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica
Alfonso Ospina Ospina.
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