Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y al de Gastos, para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Fomento (Superintendencia de Sociedades Anónimas), por $ 827.486.40

Rango Decreto
Publicación 1963-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados, en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado.

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e ingresos y al de Gastos para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Fomento, Superintendencia de Sociedades Anónimas), por $ 827.486.40.

Que conforme a la dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 35 de 1963, por $ 827.486.40.

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios.

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1963, con la cantidad de ochocientos veintisiete mil cuatrocientos ochenta y seis pesos con cuarenta centavos ($ 827.486.40) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 35 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas e Ingresos

CAPITULO I

Rentas de Imposición

C). Tasas y Multas

Numeral 45. Contribución de las Sociedades Anónimas
al sostenimiento de la Superintendencia del ramo $ 827.486.40
Suman los recursos $ 827.486.40
Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Fomento

B - Rama Técnica

CAPITULO 1013

Superintendencia de Sociedades Anónimas.

Programa I

Administración y Control de las Sociedades

Anónimas.

Gastos generales

106-113. Artículo 10274. Servicios públicos $ 15.000.00
106-113. Artículo 10276. Impresos y publicaciones 45.000.00
106-113. Artículo 10278. Gastos varios e imprevistos 25.000.00

Programa II

Asistencia Social a empleados

201-321. Artículo 10279. Pensiones 242.486.40
201-321. Artículo 10280. Corporanónimas 500.000.00
Suman los créditos $ 827.486.40
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 28 de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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