por el cual se prorroga un plazo

Rango Decreto
Publicación 1985-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 41 y 120, numeral 12 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1ºProrrogar hasta el 15 de noviembre de 1985 el plazo a que se refiere el Decreto 2589 del 10 de septiembre de 1985, en su artículo 1º y parágrafo.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. E., a 8 de octubre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

La Ministra de Educación Nacional,

Liliam Suárez Melo.

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