Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 10.212.660

Rango Decreto
Publicación 1963-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado.

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 10.212.060.

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953 la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 75 de 1963, por $ 10.212.660.

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios.

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Contracréditos

I - Gastos directos del Ministerio

B). Rama Técnica

CAPITULO 0108

División de Impuestos Nacionales

Programa I

Administración de la División

Gastos generales

106-114. Artículo 04061. Materiales y suministros $ 200.0000
105-114. Artículo 04062. Compra de equipo 10.000
106-114. Artículo 04067. Impresos y publicaciones 200.000
106-314. Artículo 04068. Papel sellado, estampillas de timbre nacional 106-314. Artículo 04068. Papel sellado, estampillas de timbre nacional 106-314. Artículo 04068. Papel sellado, estampillas de timbre nacional
y especies venales 200.000

Programa II

Administraciones y Recaudaciones de

Impuestos Nacionales

Gastos generales

106-114. Artículo 04074. Materiales y suministros 60.000.00
105-114. Artículo 04075. Compra de equipo 250.000

CAPITULO 0409

División de Aduanas

Programa I

Administración de la División

Gastos generales

105-114. Artículo 04084. Compra de equipo 20.000
105-114. Artículo 04088. Mantenimiento y aseguros 25.000

Programa II

Administraciones y Resguardos de Aduanas

Servicios personales

102-114. Artículo 04094. Alimentación del personal del Resguardo, servicio 102-114. Artículo 04094. Alimentación del personal del Resguardo, servicio 102-114. Artículo 04094. Alimentación del personal del Resguardo, servicio
de guardacostas y lanchas, del personal de "Eldorado" $ 100.000

CAPITULO 0410

Dirección Nacional del Presupuesto.

Programa II

Programación Presupuestaria

Gastos generales

106-111. Artículo 04120. Materiales y suministros 13.000
105-111. Artículo 04123. Mantenimiento y aseguros 4.000

Programa II

Administración Presupuestaria

Gastos generales

106-111, Artículo 04128. Materiales y suministros 30.000
105-111. Artículo 04130. Mantenimiento y aseguros 10.000

Programa IV

Administración del Crédito Público

Gastos generales

106-111. Artículo 04135. Viáticos y gastos de viaje 1.000
105-111. Artículo 04136. Mantenimiento y aseguro 500
106-111. Artículo 04137. Impresos y publicaciones 300

CAPITULO 0411

División de Tesorería

Administración de la División de Tesorería

Gastos generales

105-111. Artículo 04143. Compra de equipo 15.000
106-111. Artículo 04148. Comisiones Bancarias por transferencias
de fondos 40.000

CAPITULO 0414

División de Personal

Administración de la División

Gastos generales

105-111. Artículo 04177. Compra de equipo 2.000
106-111. Artículo 04178. Servicio de Comunicaciones 2.000
105-111. Artículo 04180. Mantenimiento y aseguros 2.500

CAPITULO 0415

División de Presupuesto del Ministerio

Administración de la División

Gastos generales

106-111. Artículo 04185. Servicios de comunicaciones 2.500

CAPITULO 0416

División de Servicios Generales

Programa I

Administración de la División

Gastos generales

106-111. Artículo 04192. Servicios de comunicaciones 700

Programa II

Sistematización y Tabulación de Datos

Gastos generales

106-111. Artículo 04199. Materiales y suministros 100.000
105-111. Artículo 04200. Compra de equipo 85.000

Programa III

Archivo Biblioteca y Correspondencia

Gastos generales

105-111. Artículo 04210. Compra de equipo 70.000
106-111. Artículo 04211. Viáticos y gastos de viaje 2.500

Programa IV

Almacén y Mantenimiento

Gastos generales

105-111. Artículo 04226. Mantenimiento y aseguros $ 15.000

Programa V

Publicaciones

Gastos generales

106-111. Artículo 04231. Materiales y suministros 5.000

Programa VI

Mecanografía

Gastos generales

106-111. Artículo 04238. Materiales y suministros 5.000
105-111. Artículo 04239. Compra de equipo 35.000

Deuda Pública Nacional

CAPITULO 0452

Deuda Interna

Pagarés para la construcción de la carretera Bogotá-Puerto Salgar-Medellín.

306 - 1°-Amortización 3.500.000

Pagarés a favor de la Federación Nacional de Cafeteros.

306 - 1°-Amortización $ 609.566
307 - 2°-Intereses 1.169.834 1.779.400

CAPITULO 0453

Otras Amortizaciones

Auxilios por diferencia de cambio

Ley 44 de 1959

510-Artículo 04556. Para pagar a los Municipios o Empresas Municipales el auxilio por diferencia de cambio por concepto de obligaciones a plazo en moneda extranjera anteriores al Decreto extraordinario número 107 de 1957 según lo dispuesto en la Ley 44 de 1959 así:

306 - 1°-Amortización 3.472.260
Suman los contracréditos $ 10.212.660

Créditos

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

I - Gastos directos del Ministerio

A - Dirección del Ministerio

CAPITULO 0401

Gabinete del Ministro

Servicios personales

101-111. Artículo 04002. Gastos de representación $ 5.200

CAPITULO 0408

División de Impuestos Nacionales

Programa II

Administraciones y Recaudaciones de Impuestos Nacionales.

Servicios personales

101-114. Artículo 04070. Sueldos del personal de nómina 4.122.960

CAPITULO 0409

División de Aduanas

Programa I

Administración de la División

Servicios personales

101-114. Artículo 04080. Sueldos del personal de nómina $ 30.100

Programa II

Administraciones y Resguardos de Aduanas.

Servicios personales

101-114. Artículo 04091. Sueldos del personal de nómina 3.340.000

II - Financiamiento

CAPITULO 0417

Financiamiento a carga del Ministerio.

Programa I

Pensiones civiles y asignaciones a ex-Presidentes.

Transferencias

201-332. Artículo- 04242. Pensiones civiles 697.000
205-332. Artículo- 04243. Asignaciones a los ex-Presidentes 229.000

Deuda Pública Nacional

CAPITULO 0432

Deuda Interna

Compra del Ferrocarril de Antioquia

306-1° Amortización. $ 1.000.000
307-2° Intereses 779.400 1.779.400
Suman los créditos $ 10.212.660
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 28 de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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